Segregación de lotes y fincas

Segregación de lotes y fincas

La segregación de lotes y fincas consiste en poder sacar planos catastrados de la finca madre o propiedad que se desea modificar, esta labor de topografía se llama agrimensura.

El proceso de catastro de propiedades, conlleva los siguientes pasos;

  • Un periodo de tiempo, el cual se distribuye en un lapso de levantamiento de campo, trabajos de oficina (calculo, dibujo y diseño). De estas etapas, se obtiene un producto que sería un croquis o representación gráfica, a la cual se da el envío, a la plataforma digital, llamada Administrador de Planos de Topografía (APT).
  • Pasados 15 a 22 días naturales, se recibe una notificación de rechazo del plano (minuta de rechazo), esto no significa que está mal, es básicamente es una solicitud para llenar requisitos, y una ayuda por parte del profesional, para mejorar las bases catastrales nacionales.
  • Posteriormente, la representación gráfica o croquis, se mejora o se buscan los sellos o visados en las municipalidades, de acuerdo a la solicitud indicada, en la minuta de rechazo que hace el Catastro Nacional.
  • Posterior a obtener lo solicitado, se hace una declaración jurada que respalda con la fe pública y con la ética del profesional, la validez de la información obtenida.
  • Posteriormente se espera unos días hábiles en APT, para que ese croquis reciba un sello de inscripción, el cual lo acredita como un plano debidamente catastrado, ante el Registro Nacional y Catastro Nacional.

Términos técnicos

La Agrimensura:

Consiste en el proceso disciplinario de topografía, en donde el profesional en el área o rama de la ingeniería, se ocupa de lograr un registro o catastro de una propiedad, a partir de su ubicación geográfica, identificación, delimitación y medición de sus linderos, donde se representa y se da una valoración del espacio físico. La propiedad puede ser privada o pública, de tipo rural o urbana, o de uso mixto.

¿Que permite una segregación?

  • Obtener uno o varios planos debidamente catastrados, esto a gusto.
  • Identificar lotes o fincas, con la presencia de un documento debidamente incluido en el Registro Nacional y Catastro Nacional, para posteriormente escriturar para los usos que se quieran (venta, donación, herencia, usufructo, entre otros).
  • Evitar problemas o situaciones en las municipalidades, por la ausencia o falta de documento gráfico (plano) de su propiedad.
  • Tener una visión clara de las medidas (área, linderos, perímetro, ubicación y otros) de su propiedad.
  • Tener un documento, que sirve para realizar los traspasos por medios notariales.
  • Facilita el inicio de procesos de información posesoria, con respecto a la tenencia de tierras.

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